viernes 26 de julio de 2024 - Edición Nº2060

Gremiales | 17 sep 2023

FESTEJO

El SEOCA celebrará el Día del Empleado de Comercio

El festejo se llevará a cabo el domingo 24 en el campo recreativo Juan Domingo Perón, en González Catán.


Cada 26 de septiembre se conmemora el día del Empleado de Comercio (Ley Ledesma 26.541) y este año el feriado nacional se traslada al lunes 25, por lo cual los shopping, mayoristas, hipermercados y supermercados permanecerán cerrados. En tanto, el domingo 24 de septiembre el SEOCA realizará el festejo en el campo recreativo Juan Domingo Perón, en González Catán.

Julio Rubén Ledesma, secretario General del Sindicato de Empleados y Obreros de Comercio y Afines de zona oeste e impulsor de la Ley que permite que todos los empleados y empleadas de comercio del país tengan su día de descanso, destacó que “la importancia de esta ley fue para reconocer el esfuerzo y la labor de los trabajadores mercantiles que son uno de los engranajes fundamentales de la economía”.

Por eso sostuvo, que “desde el SEOCA, como es costumbre” se realizará el festejo en el predio ubicado en Ocantos y Lasalle, el 24 de septiembre, “para que las familias mercantiles disfruten de su día”.

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Ese día, se realizarán sorteos, la tradicional elección de la reina, los mini rey, habrá peloteros, torneos deportivos, y los shows en vivo de: “Algarabia”, “La Eterna Comadreja”; “Loop”, “La Sonora del Oeste”, “Los Caté”, “El Ideal”, “Los Charros”, y “La San Alberto Band”. Cabe aclarar que la jornada se suspende por lluvia.

¿Por qué se celebra el Día del Empleado de Comercio?

En el 2009, Ledesma en su cargo como diputado nacional, junto a su par Patricia Gardella, miembro de la comisión directiva del SEOCA, impulsaron una Ley para que se reivindicaran los derechos de los empleados de comercio de la Argentina con un feriado no laboral.

El 11 de noviembre fue sancionada la Ley 26.541 que establece el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio.

Desde entonces cada año los trabajadores mercantiles celebran esta fecha con un día no laborable alcanzado el Contrato Colectivo de Trabajo 130/75. Cuando el día 26 de septiembre no caiga en lunes, el feriado generalmente se traslada al lunes anterior o al siguiente.

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